Auto Supremo AS/0592/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0592/2015-L

Fecha: 28-Jul-2015

Asimismo, el art


Asimismo, el art. 262 del Código de Procedimiento Civil, complementado por el art. 26 de la ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997), prevé que: "El tribunal o juez de segundo grado deberá negar la concesión del recurso de casación y declarar ejecutoriada la sentencia o Auto recurrido, en los siguientes casos:…3) Cuando el recurso no se encuentre previsto en los casos señalados por el artículo 255"