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    Auto Supremo AS/0210/2015-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0210/2015-L

    Fecha: 13-Ago-2015

    Que, en el marco legal descrito, corresponde, aplicar el art

    Que, en el marco legal descrito, corresponde, aplicar el art. 273 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo
    • Auto Supremo Nº 210/2015-L
    • Expediente: CBBA. 633/2010
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Partido de Trabajo y
    • En grado de apelación formulada por la empresa demandada de fs
    • Que, del referido auto de vista, Laura Josefina Echeverría Bravo representada por Joaquín Alberto Trigo
    • Concluyó el memorial solicitando a este Supremo Tribunal, “…se sirvan CASAR Y/O ANULAR el Auto
    • CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los argumentos del recurso de casación, para su resolución es
    • Con relación a que el tribunal ad quem no valoró la confesión provocada de acuerdo
    • Que, el principio de la primacía de la realidad importa que, en caso de discordancia
    • Que, en el marco legal descrito, corresponde, aplicar el art
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • No se regula honorarios profesionales, por no haber sido respondido el recurso de casación
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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