De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
c) Notificados los recurrentes Delina Dora Rojas Rueda y René Antonio Claros Almendras con el mencionado Auto de Vista el 8 y 15 de diciembre de 2010 (fs. 268), interpusieron recursos de casación el 14 y 21 del mismo mes y año respectivamente, los cuales son objeto del presente análisis.
II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos:
II.1 Del recurso de Delina Dora Rojas Rueda
La recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado lesiona sus intereses, al argumentar la anulación de la Sentencia y correspondiente disposición de reenvío, afirmando que el Juez de Sentencia violó el art. 124 del CPP, por no identificar en la conducta del imputado los elementos materiales y subjetivos del delito; desestimando de esta manera la fundamentación de la referida resolución, pese a que las pruebas aportadas, inequívocamente tipifican el delito de estafa e individualizan al autor; consecuentemente el Auto de Vista recurrido, resulta ser contrario a la doctrina legal establecida en los Autos Supremos 221 de 3 de julio de 2006 y 13 de 27 de enero de 2007, que a decir de la recurrente el primero establece cuáles son los elementos constitutivos del delito de estafa y el segundo refiere que la anulación del juicio sólo se justifica si los vicios de la Sentencia o la violación del debido proceso es de tal magnitud que permite que en el juicio de reenvío se cambie radicalmente la Sentencia
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- Finalmente afirma que, si bien el Tribunal de alzada no puede efectuar una nueva valoración
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplen con el primer requisito
- En el caso de Delina Dora Rojas Rueda, la recurrente denuncia que el Auto de
- Respecto al recurso de casación presentado por René Antonio Claros Almendras, éste denunció que el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
