Auto Supremo AS/0462/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0462/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación fiscal de fs. 1 a 2 subsanada a fs. 20 y la acusación particular de fs. 21 a 23, una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juez Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 011/2009 de 26 de mayo (fs. 120 a 132), por la que declaró a las imputadas Sarah Chura Huanca y Susana Aranda Nina, autoras y responsables de la comisión de los delitos de Instigación pública a Delinquir y Desórdenes o Perturbaciones Públicas en concurso ideal, previstos y sancionados por los arts. 130 y 134 del CP, con relación al art. 44 de citado cuerpo legal, condenándoles a la pena privativa de un año de reclusión a cumplir en el Centro de Orientación Femenina y Cárcel de Mujeres de Miraflores de la ciudad de La Paz, más el pago de costas emergentes del juicio y habilitando el procedimiento para la reparación del daño civil y perjuicios.

b) Contra la referida Sentencia, las imputadas Susana Aranda Nina y Sarah Chura Huanca, interpusieron recurso de apelación restringida (fs. 141 a 143 y de fs. 146 a 151); resuelto por Auto de Vista 154/2010 de 19 de marzo (fs. 187 a 190), emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró Admisible el recurso de apelación restringida e Improcedentes las cuestiones planteadas, y en consecuencia, confirmó la Sentencia.

c) Notificadas las recurrentes Sarah Chura Huanca y Susana Aranda Nina con el mencionado Auto de Vista el 25 de mayo de 2010 (fs. 191), interpusieron recurso de casación el 31 de los citados mes y año, el cual es objeto del presente análisis de admisibilidad