De la revisión del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
De la revisión del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) Alega que el Tribunal de alzada, sólo resolvió dos de los tres agravios expuestos en el recurso de apelación restringida: a) Sobre la denuncia de falta de fundamentación de la Sentencia, el Auto de Vista refiere que dicho fallo estaría debidamente motivado, sin hacer referencia a los argumentos reclamados en la apelación, como son que el Juez de Sentencia no se pronunció sobre los alegatos realizados por la defensa; lo que resulta altamente lesivo teniendo presente que ese fue el único mecanismo de defensa que fue utilizado en juicio para oponerse a la pretensión punitiva del acusador particular; y, b) Afirma que se habrían valorado todas las pruebas producidas en juicio y que el mismo es el resultado de la convicción razonada del Juez, y que cumplió los requisitos establecidos en el art. 360 del Código de Procedimiento Penal (CPP), cuando por su parte, no se presentó ninguna prueba de descargo; puesto que la defensa se focalizó en los alegatos razonados en base a principios de la lógica, expuestos para develar la inexistencia del delito en su conducta; dado que al no existir ilícito en su accionar no es posible probar lo evidente.
Señala que sobre ambos extremos, la Sala Penal omitió pronunciarse, incurriendo en incongruencia omisiva, por la falta de absolución de todos los puntos propuestos como defectos, en el recurso de apelación restringida. Invoca en calidad de precedentes contradictorios, los Autos Supremos 256 de 26 de julio de 2006, 356 de 26 de junio de 2009 que estarían referidos a la obligación del Tribunal de alzada de responder de manera fundada a cada uno de los puntos apelados
- Por memorial presentado el 27 de enero de 2011, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación particular presentada por Héctor José Tapia Cortez (fs
- b) Contra la referida Sentencia, Antonio Cecilio Mercado Luján, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 20 de enero de
- De la revisión del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Agrega que en el escrito de apelación restringida, hizo evidente el defecto de la
- Refiere que las contradicciones anotadas vulneran su derecho a la defensa, al principio de legalidad
- 3) Señala que la negativa injustificada a su solicitud de audiencia de fundamentación de la
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al primer motivo denunciado por el recurrente, en el que reclama que el
- En el segundo motivo se impugna que ante la denuncia sobre defecto de la Sentencia,
- Se aclara que el Auto Supremo 089/2002 no será tomado en cuenta a tiempo de
- De lo relatado se advierte cumplimiento de los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
