Por memorial presentado el 27 de enero de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 471/2015-RA-L
Sucre, 13 de agosto de 2015
Expediente : La Paz 22/2011
Parte Acusadora : Héctor José Tapia Cortez
Parte Imputada : Antonio Cecilio Mercado Luján
Delito: Cheque en Descubierto
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de enero de 2011, cursante de fs. 276 a 282, Antonio Cecilio Mercado Luján, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 707/10 de 27 de noviembre de 2010, de fs. 272 a 274, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Dafne Portanda Larrea en representación legal de Héctor José Tapia Cortez contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 471/2015-RA-L
Sucre, 13 de agosto de 2015
Expediente : La Paz 22/2011
Parte Acusadora : Héctor José Tapia Cortez
Parte Imputada : Antonio Cecilio Mercado Luján
Delito: Cheque en Descubierto
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de enero de 2011, cursante de fs. 276 a 282, Antonio Cecilio Mercado Luján, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 707/10 de 27 de noviembre de 2010, de fs. 272 a 274, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Dafne Portanda Larrea en representación legal de Héctor José Tapia Cortez contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 27 de enero de 2011, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación particular presentada por Héctor José Tapia Cortez (fs
- b) Contra la referida Sentencia, Antonio Cecilio Mercado Luján, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 20 de enero de
- De la revisión del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Agrega que en el escrito de apelación restringida, hizo evidente el defecto de la
- Refiere que las contradicciones anotadas vulneran su derecho a la defensa, al principio de legalidad
- 3) Señala que la negativa injustificada a su solicitud de audiencia de fundamentación de la
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al primer motivo denunciado por el recurrente, en el que reclama que el
- En el segundo motivo se impugna que ante la denuncia sobre defecto de la Sentencia,
- Se aclara que el Auto Supremo 089/2002 no será tomado en cuenta a tiempo de
- De lo relatado se advierte cumplimiento de los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
