En el segundo motivo se impugna que ante la denuncia sobre defecto de la Sentencia,
En el segundo motivo se impugna que ante la denuncia sobre defecto de la Sentencia, en vista a que en dicho fallo se declaró la existencia de dolo, sólo por el hecho de haber girado el cheque, cuando dicho acto en sí no constituye delito; sino, que se consuma setenta y dos horas después de la intimación de pago, el Auto de Vista no resolvió correctamente, al contrario, se limitó a reiterar los argumentos del fallo de mérito, afirmando que el dolo se encuentra en el giro del cheque, basado en la descripción de la hipótesis propuesta por la parte acusadora. El recurrente, cumple con la carga argumentativa necesaria que demuestra la probable contradicción entre los fundamentos del Auto de Vista con la doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 028 de 4 de febrero de 2010, sosteniendo que ello vulnera sus derechos a la defensa y a la legalidad, puesto que en el mismo, se determina que el cheque entregado como pago o garantía de un crédito constituye un hecho delictivo cometido por ambas partes y debe ser resuelvo en un juicio ejecutivo y no por la vía penal. Argumentos necesarios que permitirán a este Tribunal realizar el estudio de contrastación a efectos de verificar o no, los puntos denunciados. Por lo que, el presente motivo resulta admisible
- Por memorial presentado el 27 de enero de 2011, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación particular presentada por Héctor José Tapia Cortez (fs
- b) Contra la referida Sentencia, Antonio Cecilio Mercado Luján, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificado el recurrente con el mencionado Auto de Vista el 20 de enero de
- De la revisión del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Agrega que en el escrito de apelación restringida, hizo evidente el defecto de la
- Refiere que las contradicciones anotadas vulneran su derecho a la defensa, al principio de legalidad
- 3) Señala que la negativa injustificada a su solicitud de audiencia de fundamentación de la
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al primer motivo denunciado por el recurrente, en el que reclama que el
- En el segundo motivo se impugna que ante la denuncia sobre defecto de la Sentencia,
- Se aclara que el Auto Supremo 089/2002 no será tomado en cuenta a tiempo de
- De lo relatado se advierte cumplimiento de los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
