Por memorial presentado el 25 de mayo de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 474/2015-RA-L
Sucre, 13 de agosto de 2015
Expediente: La Paz 30/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Dámaso Vargas Guarachi y otro
Delito : Lesiones Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de mayo de 2010, cursante de fs. 538 a vta., Dámaso Vargas Guarachi, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 111/2010 de 10 de mayo, de fs. 533 a 535 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Carmen Huarina de Vargas contra Dámaso Vargas Huarachi y Natalio Vargas Huarachi, por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 474/2015-RA-L
Sucre, 13 de agosto de 2015
Expediente: La Paz 30/2011
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Dámaso Vargas Guarachi y otro
Delito : Lesiones Leves
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de mayo de 2010, cursante de fs. 538 a vta., Dámaso Vargas Guarachi, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 111/2010 de 10 de mayo, de fs. 533 a 535 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Carmen Huarina de Vargas contra Dámaso Vargas Huarachi y Natalio Vargas Huarachi, por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 25 de mayo de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente Dámaso Vargas Guarachi con el mencionado Auto de Vista el 20
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Previo a ingresar al análisis de los argumentos de los motivos traídos en casación, resulta
- En ese contexto, revisados los motivos traídos en casación, se advierte que el recurrente se
- De igual manera, su limitada exposición de que el A quo incurrió en defecto absoluto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
