Auto Supremo AS/0483/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0483/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

3) Arguye que existe incongruencia entre la acusación y la Sentencia, dado que en el


3) Arguye que existe incongruencia entre la acusación y la Sentencia, dado que en el caso presente, la acusación se presentó por los delitos de Tentativa de Homicidio y Lesiones Graves, previstos en los arts. 251 con relación al 8 y 271, con las agravantes previstas en los arts. 272, 252 incs. 2) y 3), todos del CP, y la Sentencia absuelve a la imputada por el delito de Lesiones Leves, previsto en el art. 271 del CP, cuando nunca acusó por este último delito; sino, por Lesiones Graves, puesto que eso se acredita del impedimento, siendo necesario aclarar que si es delito de Lesiones Leves ya no podría ser de Graves, siendo ambos excluyentes. Afirma que lo señalado contradice el Auto Supremo 320 de 14 de junio de 2003, relativo al principio procesal de la congruencia, invocado a tiempo de plantear su apelación restringida; y con relación a lo cual, el Auto de Vista señaló que no existió violación de dicho principio, cuando el precedente contradictorio establece que el tribunal o juez, deben circunscribirse en lo fáctico y legal a los hechos acusados probados y no probados, pues los acusados en el memorial de “fs. 17-18” son los que deben ser objeto del juicio. Por tanto, el sentido jurídico asignado en el Auto de Vista impugnado no coincide con el del precedente contradictorio invocado, por haberse aplicado una norma con diverso alcance