Auto Supremo AS/0488/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0488/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a) En merito a la acusación pública y particular, una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juez Cuarto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia de 12 de febrero de 2009 (fs. 295 a 300), por la que declaró a Tomasa Silvia Quispe Horacio e Inés Quispe Horacio, autoras y culpables de la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 segunda parte del CP, imponiéndoles la pena de dos años; y un año y tres meses de reclusión respectivamente, a cumplir en la Cárcel Pública de San Sebastián Mujeres de la ciudad de Cochabamba, más el pago de daños y perjuicios y costas del proceso a favor de la acusación particular y/o víctima. Con relación a Cosme Carlos Flores, se le absolvió de culpa y pena de la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 segunda parte del CP. Finalmente, a Tomasa Silvia Quispe Horacio e Inés Quispe Horacio, se les concedió el perdón judicial