Auto Supremo AS/0509/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0509/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

En cuanto al primer motivo denunciado por el recurrente en sentido que el Tribunal de


En cuanto al primer motivo denunciado por el recurrente en sentido que el Tribunal de alzada no hubiere dado respuesta a sus impugnaciones sobre: a) El hecho que reclamó a tiempo de plantear su apelación incidental sobre el rechazo a su solicitud de producción extraordinaria de prueba, consistente en el plano de la urbanización donde está ubicado el lote de terreno en litigio, así como la inspección realizada que acredita que la misma se encuentra consolidada; actuando en contrario a lo preceptuado por el art. 398 del CPP, al realizar una valoración superficial de la prueba; b) Que sus mandantes son propietarios legales del mencionado lote de terreno, debidamente registrado en Derechos Reales a nombre del padre de los mismos; c) Que siempre sostuvo la ubicación exacta del lote y no en otro lugar, como afirman los acusados; d) Que durante el juicio oral, los acusados trataron de desvirtuar que Ramiro Terrazas Melgares nunca se hizo pasar por propietario y que sólo actuó en representación de Walter Medardo; e) Señaló que el supuesto propietario Walter Medardo era propietario de 3600 metros en esa zona y que hubiere fraccionado el lote para venderlo; y, f) Que según los imputados, presentaron prueba para desvirtuar la acusación