Auto Supremo AS/0522/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0522/2015-RA-L

Fecha: 13-Ago-2015

b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jorge Adalberto Núñez de Arco Mendoza, interpuso recurso


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

a) En mérito a la acusación pública (fs. 14 a 26), desarrollada la audiencia de juicio oral, se pronunció la Sentencia 15/2006 de 18 de diciembre, que recurrida en apelación restringida por el Ministerio Público (fs. 753 a 759), mereció el pronunciamiento del Auto de Vista 113/2007 de 4 de abril (fs.772 a 779), que declaró procedente en parte el recurso, anulando la Sentencia apelada; en consecuencia, dispuso el reenvío del juicio, resolución que recurrida en casación fue declarado infundado mediante Auto Supremo 263 de 27 de abril de 2009 (fs. 810 a 812). En cumplimiento de lo dispuesto y realizada la nueva audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia de Padilla del Distrito Judicial de Chuquisaca, emitió la Sentencia 4/2010 de 17 de noviembre (fs. 1876 a 1888), por la que declaró al imputado Jorge Adalberto Núñez de Arco Mendoza, autor y culpable del delito de Uso Indebido de Influencias, previsto y sancionado por el art. 146 del CP, condenándolo a la pena de tres años de presidio a cumplir en el penal de San Roque de la ciudad de Sucre, más el pago de cien días multa a razón de Bs. 5.- (cinco bolivianos) por día, con costas a calificarse en ejecución de Sentencia; asimismo, determinó su absolución por los delitos de Falsedad Material e Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del CP.

b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jorge Adalberto Núñez de Arco Mendoza, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 1944 a 1945), subsanado (fs. 2011 a 2020), resuelto por Auto de Vista 168/11 de 14 de marzo de 2011 (fs. 2084 a 2096 vta.), dictado por la Sala Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, que declaró improcedente el recurso; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada