Regístrese, hágase saber y cúmplase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Alex Valdez Ruíz, Carlos Valdez Ruíz, Hernán Valdez Ruíz, Alexander Ángel Valdez Ruíz y Juan Ordoñez Guerrero; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.
Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Por memorial presentado el 4 de mayo de 2011, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Marco A
- c) Notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista el 27 de abril de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
- que prevé el art
- Al respecto se debe tener en cuenta que si bien en casación invocó como precedente
- No obstante lo anterior, este Tribunal advierte que el recurrente argumentó la vulneración en cuanto
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
