Notificado el beneficiario con la Resolución de la Comisión de Reclamación, presenta el memorial cursante
I.3. Auto de Vista
Notificado el beneficiario con la Resolución de la Comisión de Reclamación, presenta el memorial cursante a fs. 136, con la suma “Acceso Directo a la Compensación de Cotizaciones en respuesta de la RESOLUCIÓN COMISIÓN DE RECLAMACIONES…”(sic), petición ante la cual el SENASIR mediante el Auto Nº 517/14 de 17 de septiembre (fs. 145), asumiendo que el citado memorial constituía recurso de apelación, concedió el mismo ante el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, instancia que pronunció el Auto de Vista hoy confutado, a través del cual Revocó la Resolución Administrativa de la Comisión de Reclamación Nº 385/14 y deliberando en el fondo dispuso que el SENASIR proceda a la rehabilitación de la Renta de Vejez a favor del solicitante, desde la fecha de su suspensión
Notificado el beneficiario con la Resolución de la Comisión de Reclamación, presenta el memorial cursante a fs. 136, con la suma “Acceso Directo a la Compensación de Cotizaciones en respuesta de la RESOLUCIÓN COMISIÓN DE RECLAMACIONES…”(sic), petición ante la cual el SENASIR mediante el Auto Nº 517/14 de 17 de septiembre (fs. 145), asumiendo que el citado memorial constituía recurso de apelación, concedió el mismo ante el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, instancia que pronunció el Auto de Vista hoy confutado, a través del cual Revocó la Resolución Administrativa de la Comisión de Reclamación Nº 385/14 y deliberando en el fondo dispuso que el SENASIR proceda a la rehabilitación de la Renta de Vejez a favor del solicitante, desde la fecha de su suspensión
- Manuel Jesús Farel Soza, mediante memorial de fs
- Notificado el beneficiario con la Resolución de la Comisión de Reclamación, presenta el memorial cursante
- Señalan que, en lo referente a la edad, el SENASIR tomaba en cuenta la edad
- Solicitan a este Tribunal Supremo de Justicia, casar el Auto de Vista impugnado y sea
- El art
- Ahora bien, corresponde reiterar que toda resolución, debe cumplir con el principio de congruencia, es
- Ahora bien, del extracto que precede, está claro que la pretensión de Manuel Jesús Farel
- En conclusión, se advierte que el Tribunal de Alzada al pronunciar el Auto de Vista,
- En cumplimiento a lo previsto en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
