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    Auto Supremo AS/0537/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0537/2015-RRC-L

    Fecha: 26-Ago-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 7 de septiembre de 2010, cursante de fs
    • a) Por Sentencia 3/2010 de 4 de mayo (fs
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 271/2015-RA-L de 3
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo que sigue
    • El Tribunal de Sentencia de Tupiza, provincia Nor y Sud Chicas del Distrito Judicial de
    • Como atenuante considera la inexistencia de antecedentes anteriores del imputado, conforme se evidencia de los
    • Como agravantes, la forma de la comisión del hecho, falta de apego al respeto de
    • Por ello, analizando a su favor, mayores elementos de atenuación, el Tribunal en común acuerdo,
    • II.2. Del recurso de apelación restringida de la acusadora
    • El imputado Manuel Mamani Soto planteó recurso de apelación restringida (fs
    • 2) Las agravantes de la pena impuesta por los delitos acusados, nunca fueron probadas por
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • Se llegó a demostrar el ensañamiento y la alevosía en la conducta desplegada por el
    • III.1. Principio de la prohibición de reforma en perjuicio (Non reformatio in peius)
    • En cuanto a la finalidad de este principio, consiste en que no se debe impedir
    • Sobre el desarrollo del mismo, el Auto Supremo 197/2013-RRC de 25 de julio, estableció lo
    • Este principio, que significa prohibir al tribunal que revisa la decisión, por la interposición de
    • Considerando todo lo expuesto precedentemente, se tiene en consecuencia que en el supuesto de que
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • En la especie, el recurrente alega que el Tribunal de alzada agravó su situación jurídica,
    • A efectos evidenciar lo denunciado por el recurrente, conviene revisar los actuados procesales cursantes en
    • A continuación realizó un detalle sobre las atenuantes y agravantes, considerando con relación a las
    • A estas alturas del análisis corresponde señalar que el único sujeto procesal que hizo uso
    • En respuesta a dicha impugnación, el Tribunal de alzada emitió el Auto de Vista 34/2010
    • Por lo señalado, al ser el ahora recurrente el único apelante, los medios impugnaticios tienen
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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