Del análisis y consideración del recurso en cuanto al motivo alegado (falta de fundamentación en
Del análisis y consideración del recurso en cuanto al motivo alegado (falta de fundamentación en cuanto a la subsunción de los elementos constitutivos a los ilícitos penales acusados), se tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en los arts. 416 y 417 del CPP, tanto en el plazo de presentación como se señaló supra, como también en la invocación del precedente contradictorio (AS 95 de 24 de marzo de 2005, 231 de 4 de julio de 2006, 84 de 1 de marzo de 2006 y 431 de 11 de octubre de 2006 referidos al agravio denunciado) y la correspondiente precisión de las presuntas contradicciones del Auto de Vista que se pretende se revea y la jurisprudencia existente en este Tribunal, otorgando las bases suficientes para ingresar a realizar la labor de contraste solicitada con la finalidad de determinar lo que fuese en derecho
- Por memorial presentado el 30 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 23 de junio de 2015 (fs
- Efectuada la relación de antecedentes que dieron origen al proceso penal seguido en su contra,
- 4) Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, referido a la
- 9) Auto Supremo 66 de 12 de mayo de 2005, referido a la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al motivo traído en casación referido esencialmente a la adecuación de su conducta
- Del análisis y consideración del recurso en cuanto al motivo alegado (falta de fundamentación en
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
