i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos prescritos en los arts. 416 y 417 del citado cuerpo legal, cuales son:
i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado o en su caso con el Auto de Complementación, ante la Sala que emitió la resolución impugnada
- Por memorial presentado el 30 de junio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 23 de junio de 2015 (fs
- Efectuada la relación de antecedentes que dieron origen al proceso penal seguido en su contra,
- 4) Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007, referido a la
- 9) Auto Supremo 66 de 12 de mayo de 2005, referido a la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al motivo traído en casación referido esencialmente a la adecuación de su conducta
- Del análisis y consideración del recurso en cuanto al motivo alegado (falta de fundamentación en
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
