A mayor abundamiento, cabe manifestar que dicha reglamentación se encontraba aprobada y vigente al momento
A mayor abundamiento, cabe manifestar que dicha reglamentación se encontraba aprobada y vigente al momento de plantear el recurso de casación por la entidad demandada, que es objeto de análisis, toda vez que por DS Nº 28913 de 8 de noviembre de 2006, al haber vencido el plazo de 30 días señalado en el art. 13 del DS Nº 28699 para la elaboración del Reglamento, otorgó nuevos 30 días al Ministerio de Trabajo, en consecuencia en fecha 6 de diciembre de 2006, por RM Nº 551/06 se aprobó los procedimientos administrativos establecidos en el DS Nº 28699, modificándose posteriormente su art. 10 mediante DS Nº 0495 de 1 de mayo de 2010, encontrándose vigente a la fecha la RM Nº 868/2010 de 26 de octubre, que abroga la RM Nº 551/06 de 6 de diciembre, no siendo necesario tal cual afirma la entidad recurrente, que el trabajador deba adjuntar como prueba la normativa señalada ya que a partir de su publicación se asume su cumplimiento obligatorio, no pudiendo alegar su desconocimiento
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación deducida por Grover Villanueva Tapia en representación del LAB S
- La Resolución de segunda instancia, motivó que Grover Villanueva Tapia en representación legal de la
- c)Por otra parte, señaló que el Auto de Vista recurrido fue pronunciado alterando el lugar
- Concluye su recurso, solicitando que el Tribunal de casación case o en su caso anule
- Planteado el recurso de casación, revisando los antecedentes del proceso y las normas aplicables a
- II
- En el caso que se analiza, conforme a la revisión de obrados se tiene que
- Asimismo, debe considerarse que, conforme al art
- Otro aspecto a considerar es el perjuicio moral y fundamentalmente económico originado por el empleador
- De tal forma, no se vulneró de ninguna manera el principio de jerarquía normativa menos
- A mayor abundamiento, cabe manifestar que dicha reglamentación se encontraba aprobada y vigente al momento
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
