Auto Supremo AS/0574/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0574/2015

Fecha: 19-Ago-2015

Indica que, por mandato del art

Indica que, por mandato del art. 46 de la Ley General del Trabajo (LGT), los trabajadores deben cumplir una jornada diaria de trabajo de 8 horas de lunes a sábados inclusive, aspecto que impide que el actor durante su jornada laboral en el SEDECA pueda realizar otro tipo de actividad como lo establece también el Estatuto del Funcionario Público, lo que demostraría que el actor nunca fue empleado del demandado, siendo en consecuencia improcedente que se le cancele la suma de $us. 880 como salario y se le reconozca el pago de desahucio por despido intempestivo