La resolución de segunda instancia motivó que Cornelio Vidaurre Hoja mediante memorial de fs
I.2 Motivos del recurso de casación
La resolución de segunda instancia motivó que Cornelio Vidaurre Hoja mediante memorial de fs. 136 a 137, interponga recurso de casación en el fondo bajo los siguientes fundamentos:
a) Arguye la existencia de error de hecho y derecho en la apreciación de la prueba documental de descargo debido que la Sentencia y el Auto de Vista efectuaron una incorrecta valoración de las pruebas de descargo de fs. 1 a 3 la misma que consiste en contratos de trabajo que acreditan que su persona trabajo bajo dependencia de la Alcaldía Municipal de Tarija en condición de obrero cumpliendo diariamente un trabajo forzado y que no puede enmarcarse en calidad de funcionario público, como determinaron la Jueza de instancia y el Tribunal de Apelación, incurriendo en la violación a lo determinado por el art. 253.3) del Código de Procedimiento Civil (CPC) y los arts. 4 y 182 de la Ley General del Trabajo (LGT)
La resolución de segunda instancia motivó que Cornelio Vidaurre Hoja mediante memorial de fs. 136 a 137, interponga recurso de casación en el fondo bajo los siguientes fundamentos:
a) Arguye la existencia de error de hecho y derecho en la apreciación de la prueba documental de descargo debido que la Sentencia y el Auto de Vista efectuaron una incorrecta valoración de las pruebas de descargo de fs. 1 a 3 la misma que consiste en contratos de trabajo que acreditan que su persona trabajo bajo dependencia de la Alcaldía Municipal de Tarija en condición de obrero cumpliendo diariamente un trabajo forzado y que no puede enmarcarse en calidad de funcionario público, como determinaron la Jueza de instancia y el Tribunal de Apelación, incurriendo en la violación a lo determinado por el art. 253.3) del Código de Procedimiento Civil (CPC) y los arts. 4 y 182 de la Ley General del Trabajo (LGT)
- CONSIDERANDO I
- La resolución de segunda instancia motivó que Cornelio Vidaurre Hoja mediante memorial de fs
- b) Refiere la interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, puesto que el Auto
- Finaliza su recurso manifestando que el Tribunal Supremo de Justicia en aplicación del art
- Mérito a los antecedentes, y una vez revisado minuciosamente el recurso casación en el fondo,
- En ese sentido se tiene que el actor ingresó a trabajar en el Gobierno Municipal
- En cuanto a una presunta contradicción en el Auto de Vista, entre la apertura de
- De la glosa que precede, la contradicción confutada por el recurrente resulta no ser evidente,
- En el marco legal descrito, el Auto de Vista recurrido, no incurrió en violación y
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
