Con estos antecedentes y en mérito a que el recurso de apelación fue interpuesto fuera
Con estos antecedentes y en mérito a que el recurso de apelación fue interpuesto fuera de plazo el Tribunal de Alzada mediante el Auto de Vista Nº 49/2010 de fecha 12 de octubre de 2010, estableció que no se abre la competencia de ese Tribunal para ingresar a considerar el fondo del recurso de apelación, razón por la cual anuló el Auto de concesión del recurso de fs. 333 vta., así como las actuaciones cumplidas por ese motivo y la apelación interpuesta por los recurrentes
- Proceso: Usucapión decenal
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contestada la demanda por los demandados los mismos niegan la misma, indicando que los demandantes
- Tramitado el proceso la Juez de Partido Primero en lo Civil de Tarija pronunció Sentencia
- Contra la mencionada Resolución los demandantes interpusieron recurso de apelación, en conocimiento del mencionado recurso
- Los recurrentes interponen recurso de casación en el fondo al amparo de los Arts
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Conforme lo establece el art
- Con estos antecedentes y en mérito a que el recurso de apelación fue interpuesto fuera
- Por lo indicado concluiremos que, los Tribunales de instancia obraron conforme a derecho correspondiendo emitir
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.
