Contra la mencionada Resolución los demandantes interpusieron recurso de apelación, en conocimiento del mencionado recurso
Contra la mencionada Resolución los demandantes interpusieron recurso de apelación, en conocimiento del mencionado recurso la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Tarija pronunció Auto de Vista Nº 49, de fecha 12 de octubre de 2010, cursante de fs. 348 a fs. 349, por el que anuló el Auto de concesión del recurso de fs. 333 vta., así como las actuaciones cumplidas con este motivo, siendo inadmisible el recurso de apelación por ser presentado de manera extemporánea
- Proceso: Usucapión decenal
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contestada la demanda por los demandados los mismos niegan la misma, indicando que los demandantes
- Tramitado el proceso la Juez de Partido Primero en lo Civil de Tarija pronunció Sentencia
- Contra la mencionada Resolución los demandantes interpusieron recurso de apelación, en conocimiento del mencionado recurso
- Los recurrentes interponen recurso de casación en el fondo al amparo de los Arts
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Conforme lo establece el art
- Con estos antecedentes y en mérito a que el recurso de apelación fue interpuesto fuera
- Por lo indicado concluiremos que, los Tribunales de instancia obraron conforme a derecho correspondiendo emitir
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran.
