En base a lo expuesto es que se advierte que el reclamo vertido por la
En base a lo expuesto es que se advierte que el reclamo vertido por la parte recurrente al no causarle indefensión no puede generarse la nulidad de obrados que pretende, tal como lo señala el principio de trascendencia y de especificidad
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia, María Fátima Díaz Mejía en representación Juan Ignacio Díaz Mejía, interpuso
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Acusa que el Auto de Vista es violatorio por que no subsanó las diligencias o
- Denuncia que su persona adjuntó documentación consistente en Testimonio de adjudicación judicial, Certificado Catastral, Plano
- En base a esos antecedentes, solicita la nulidad de obrados
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- En la forma
- Con relación a la acusación de que el Auto de Vista no habría subsanado las
- En base a lo expuesto es que se advierte que el reclamo vertido por la
- Consiguientemente por las razones expuestas el recurso de casación en la forma deviene en infundado
- En el fondo
- En base a lo expuesto, en lo que respecta al recurso de casación en el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
