Auto Supremo AS/0620/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0620/2015-L

Fecha: 03-Ago-2015

CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN

CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En la forma
-Acusa al Auto de Vista, por haber dictado Resolución fuera del término establecido por el art. 245 del Código de Procedimiento Civil, quebrantando las formas esenciales al debido proceso legal y a la seguridad jurídica consagrada en el inc. a) del art. 7 de la Constitución Política del Estado
Por lo que termina peticionando ANULE obrados hasta el vicio más antiguo de conformidad con lo establecido por el art. 271 inc. 3) del Código de Procedimiento Civil.
El en fondo
-Impugna el Auto de Vista, señalando que habría transgredido de forma flagrante la disposición del art. 24 inc 1) de la Ley 1760, toda vez que al momento de dictar la Resolución de fecha 04 de agosto de 2008, el Tribunal de alzada no consideraron que dentro el mismo proceso resolvieron un recurso de compulsa de fecha 19 de junio de 2008, donde indican que “…Por mandato del art. 15 de la Ley de Organización Judicial es deber de este Tribunal revisar de oficio los juicios venidos a su conocimiento para ver si en su tramitación se observaron las normas y plazos procesales”… habita cuenta que son de orden público y de cumplimiento obligatorio, bajo pena de nulidad