Auto Supremo AS/0620/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0620/2015-L

Fecha: 03-Ago-2015

Previo a ingresar a considerar el recurso propiamente, corresponde realizar las siguientes precisiones

CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Previo a ingresar a considerar el recurso propiamente, corresponde realizar las siguientes precisiones:
Mediante Auto interlocutorio de fecha 01 de Abril de 2008, el Juez A quo, emite Resolución, declarando improbadas las excepciones previas de cosa juzgada, prescripción y caducidad de la acción