Auto Supremo AS/0641/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0641/2015-L

Fecha: 05-Ago-2015

En el caso, se denuncia que se habría dictado una Resolución ultra petita, es decir

En el caso, se denuncia que se habría dictado una Resolución ultra petita, es decir que se hubiera otorgado más de lo pedido en la demanda, sobre el tema, del análisis de obrados se tiene que en la demanda principal la pretensión es de nulidad de transferencia de inmueble por diferentes motivos y actos jurídicos debidamente descritos y especificados, más allá del sustento de la ineficacia, y en esa medida es que el Auto de Vista se ha pronunciado sobre la pretensión anulatoria simplemente sobre el 50% del acto jurídico denunciado, en esa razón es que no se verifica que la Resolución judicial haya otorgado más de lo pedido, puesto que la armonía entre lo demandado y lo resuelto es equivalente, es decir se solicitó nulidad de determinado acto y la nulidad fue absuelta sobre el 50% de ese acto, por lo que existe congruencia descartando una actividad ultra petita del juzgador, si bien en la demanda fue solicitada la nulidad en su integridad, empero dicho extremo no resulta causal ultra petita como pretende la parte recurrente