Auto Supremo AS/0645/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0645/2015-L

Fecha: 05-Ago-2015

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN


CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Que el Auto de Vista recurrido insinúa que debería estar escrito y haber disposiciones expresas sobre la prueba judicial en nuestro ordenamiento jurídico vigente, ignorando la última parte del art. 397.I del C.P.C., ya que la valoración legal de los testigos de cargo solo para el actor y no así para su persona seria errada de hecho, en franca violación y desconocimiento del art. 397.I.II del C.P.C., que proclaman el principio de comunidad de la prueba, el artículo citado en su primer parágrafo, dispone taxativamente que si no existe tasación legal de la prueba, los jueces deben recurrir al prudente criterio o sana critica extremo que los de instancia habrían desconocido