Auto Supremo AS/0670/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0670/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

CONSIDERANDO III:

CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
El art. 106 del Código Procesal Civil, faculta revisar el proceso y si en el mismo se hubiera cumplido los requisitos indispensables para la tramitación de un proceso, requisitos que son conocidos como presupuestos del proceso, esto conforme señala la permisión contenida en la disposición transitoria segunda de la Ley Nº 439