Señala que el Auto de Vista concluyó que no se habría demostrado los agravios sufridos,
Señala que el Auto de Vista concluyó que no se habría demostrado los agravios sufridos, empero citó la prueba de fs. 1, 2, 4, 8, 9 y 10 que demuestran que la demandada al momento de contraer matrimonio con Lorgio E. Flores Jaimes tenía dos partidas de matrimonio vigentes, habiendo presentado los certificados expedidos el 31 de agostos de 2009 y 6 de julio de 2009, que acreditan que la misma se encontraba casada con Francisco Irigoyen; señala también que la Jueza debía referirse sobre la prueba de mediante la cual se ha procedido a cancelar el matrimonio de la demandada con Francisco Irigoyen, efectuada en agosto de 2009, por lo que existe falsedad material en la cancelación
- Partes: Sandra Adriana Flores Blanco. c/ Roxana Ross Mery Roca Terán
- Proceso: Anulabilidad de matrimonio
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- CONSIDERANDO II:
- Trascribe parte del Auto de Vista respecto al considerando III numeral 3), para señalar que
- Señala que el Auto de Vista en el punto 4) pretende confundir al señalar que
- Señala que el Auto de Vista concluyó que no se habría demostrado los agravios sufridos,
- Señala que la prueba de fs
- Los fallos de instancia se refieren a la inscripción en un libro de la sentencia
- Acusa que no se hizo referencia sobre la prueba testifical, respecto a las irregularidades cometidas
- Señala que la demanda fue interpuesta por haberse infringido los arts
- Señala que el Auto de Vista no ha tomado en cuenta la apelación en el
- Acusa que el incidente de fs
- Refiere que la prueba ofrecida por la demandante fuera del plazo previsto en el
- Acusa que en el recurso de apelación señaló que la Juez clausuró el proceso el
- Por lo expuesto solicita se dicte resolución anulando el Auto de Vista recurrido
- CONSIDERANDO III:
- Los presupuestos procesales son conocidos como las condiciones imprescindibles para acudir al órgano jurisdiccional y
- Ahora de la revisión del proceso se evidencia que la actora Sandra Adriana Flores Blanco,
- Para la pretensión de anulabilidad absoluta del matrimonio, se debe señalar que el art
- En este mismo análisis el art
- Por lo fundamentado, se debe señalar que no toda persona que tenga un interés en
- Consiguientemente, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución en la forma prevista en
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
