ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 673/2015 - L
Sucre: 13 de Agosto 2015
Expediente: LP-130-10-S
Partes: María Eugenia Calle Uscamayta c/ Lola Bustios Pérez
Proceso: División y Partición
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 148 a 149, interpuesto por Lola Bustios Pérez contra el Auto de Vista Nº S-198, de 23 de junio de 2010, cursante de fs. 144 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), dentro el proceso de División y Partición, seguido por María Eugenia Calle Uscamayta contra Lola Bustios Pérez, la respuesta de fs. 156 a 157, concesión de fs. 158, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital – La Paz, mediante Sentencia Nº 174, de 28 de febrero de 2009 de fs. 127 a 128 y vta., declaró: PROBADA en todas sus partes la demanda de fs. 20-20 vta., subsanada de fs. 22-22 vta. En consecuencia se dispone procederse a la División y Partición del inmueble Nº 2129 ubicado en la calle Caupolican, Zona Tembladerani de esa ciudad, en partes iguales (al 50%) entre la actora María Eugenia Calle Uscamayta y la demandada Lola Bustos Pérez; a cuyo efecto se levantara el plano correspondiente; para luego procederse en la forma prevista por el art. 673 del C.P.C. Sin costas
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 673/2015 - L
Sucre: 13 de Agosto 2015
Expediente: LP-130-10-S
Partes: María Eugenia Calle Uscamayta c/ Lola Bustios Pérez
Proceso: División y Partición
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 148 a 149, interpuesto por Lola Bustios Pérez contra el Auto de Vista Nº S-198, de 23 de junio de 2010, cursante de fs. 144 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), dentro el proceso de División y Partición, seguido por María Eugenia Calle Uscamayta contra Lola Bustios Pérez, la respuesta de fs. 156 a 157, concesión de fs. 158, los antecedentes procesales; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital – La Paz, mediante Sentencia Nº 174, de 28 de febrero de 2009 de fs. 127 a 128 y vta., declaró: PROBADA en todas sus partes la demanda de fs. 20-20 vta., subsanada de fs. 22-22 vta. En consecuencia se dispone procederse a la División y Partición del inmueble Nº 2129 ubicado en la calle Caupolican, Zona Tembladerani de esa ciudad, en partes iguales (al 50%) entre la actora María Eugenia Calle Uscamayta y la demandada Lola Bustos Pérez; a cuyo efecto se levantara el plano correspondiente; para luego procederse en la forma prevista por el art. 673 del C.P.C. Sin costas
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la apelación por la demandada y remitida las misma ante la instancia competente, la
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la demandada interpuso recurso de casación, mismo
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Por lo anterior expuesto, solicita que en definitiva se Case la resolución Nº S-198/2010
- Con relación al único punto impugnado que ataca la decisión anulatoria del Auto de Vista
- Ahora bien de la contratación de dichos agravios in procedendo acusados en apelación y el
- En cuanto al agravio 2 y 3 sobre que el Juez A quo no se
- En este antecedente, se debe hacer mención a que para asumir una decisión anulatoria se
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
