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6.- Violación del art. 489 del Código Civil, toda vez que en el testimonio No. 197/2009, que es una protocolización del testimonio No. 1117/2008, en esta última se transcribe una minuta de 9 de junio de 2008, empero en la transcripción del impuesto a la transferencia se señala a una minuta de fecha diferente, deduciéndose en consecuencia que ha existido evasión de impuestos, por tanto se ha violado el art. 489 del Código Civil pues ha existido causa ilícita en el testimonio No. 1117/2008
- Proceso: Ordinario Acción Reivindicatoria. Distrito: Oruro
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO II:
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- En el fondo
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- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En la forma
- Referente a que no se le notificó a la co demandada con la declaratoria de
- Y en lo que concierne a que interpuso excepción de nulidad, pretendiendo con este medio
- Por lo precedentemente expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- PORTANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
