Y en lo que concierne a que interpuso excepción de nulidad, pretendiendo con este medio
Y en lo que concierne a que interpuso excepción de nulidad, pretendiendo con este medio de defensa la nulidad de la escritura pública No. 1117/2008, sin embargo se advierte que el recurrente no cuenta con el interés legítimo correspondiente para pretender la nulidad de la escritura citada líneas arriba
- Proceso: Ordinario Acción Reivindicatoria. Distrito: Oruro
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Concedido el indicado recurso la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO II:
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- En el fondo
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- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En la forma
- Referente a que no se le notificó a la co demandada con la declaratoria de
- Y en lo que concierne a que interpuso excepción de nulidad, pretendiendo con este medio
- Por lo precedentemente expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- PORTANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
