En este antecedente, en el caso de Autos de la revisión de obrados se tiene
En este antecedente, en el caso de Autos de la revisión de obrados se tiene que el Tribunal de Alzada a través del Auto de Vista recurrido anuló el Auto de concesión del recurso de apelación bajo el fundamento de que cuando el Juez concede la apelación en el efecto definitivo no debe existir resoluciones pendientes que atañen directamente a la competencia del A quo, ya que si existiría un trámite pendiente impediría al Ad quem, ingresar al fondo de la causa, y en el presente caso se encontraría pendiente de Resolución un incidente interpuesto por Aydeé Paredes Núñez, respecto a una supuesta falsificación de la firma del actor en el memorial de apelación de fs. 93
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la apelación por ambas partes, desistida la apelación interpuesta por el actor, la apelación
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, la demandada interpuso recurso de casación, mismo
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Por el art
- Se habría violado el art
- Por lo señalado solicitan se revoque el Auto de Vista recurrido y deliberando en el
- Conforme el art
- En este antecedente, en el caso de Autos de la revisión de obrados se tiene
- De lo que se concluye, que el Tribunal de Alzada no ha tomado en cuenta
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento a lo previsto
- Siendo excusable el error, no se impone multa
- En cumplimiento a lo dispuesto por el parágrafo IV del Art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
