Auto Supremo AS/0688/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0688/2015-L

Fecha: 14-Ago-2015

Nulidad de Obrados

CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Nulidad de Obrados:
Indica que del documento de fs. 1 a 2 Víctor y Rodolfo Días Ribera aparecen transfiriendo alícuotas consistentes en 400 mts.2 de la totalidad del inmueble, prueba elocuente de lo afirmado es el pago del monto de 10.000 $us.- que hipotéticamente canceló el comprador por concepto de precio, el mismo que resulta de un precio unitario de 25.- $us.- por metro cuadrado. Indica que al estar comprobado que se pagó solamente 10.000 $us.-. por 400 mts. 2, reitera que los Tribuales de grado no pueden obligarles a entregar una superficie mayor de la enajenada y contando el inmueble con una superficie de 1699,18 mts.2 conforme el plano de fs. 280 la alícuota que cada uno de los seis propietarios es de 280 mts.2 y al haber omitió el fallo de grado especificar la superficie de terreno, se estaría obligando a efectuarse la entrega de una superficie mayor a la transferida. Otorgando implícitamente más de lo realmente pedido