Finalmente indica que existe abundantes resoluciones constitucionales que tienen carácter vinculante en la que se
Finalmente indica que existe abundantes resoluciones constitucionales que tienen carácter vinculante en la que se tiene determinado que en todo proceso de usucapión, debe ser citado con la demanda el SENAPE extremo que en el Auto de Fs. 4 se omite tal exigencia, correspondiendo la reposición de obrados
- Partes: Luis López Suarez. c/ Mario Romero Rodríguez
- Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la indica resolución, presentó su recurso de apelación la parte demandada exponiendo sus
- El Tribunal de Alzada en virtud a la apelación, emitió Auto de Vista que Confirmó
- Nulidad
- Entre otros hechos que señala la parte recurrente está lo referente al anterior propietario Jorge
- Indica que, todos estos hechos entre otros generan fraude procesal ya que el actor abusó
- Finalmente indica que existe abundantes resoluciones constitucionales que tienen carácter vinculante en la que se
- En el marco de lo dispuesto por el art
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- Por otro lado, también se debe considerar que, si la urbanización “CANADA” resulta ser de
- En ese entendido se deberá tener en cuenta la uniforme jurisprudencia desarrollada por este Tribunal,
- En dicho sentido, una vez comprobada por el Juez la concurrencia de los presupuestos procesales
- El concepto de "improponibilidad", fue postulado por Morello y Berizonce, en un trabajo llamado "improponibilidad
- El rechazo in limine de la demanda por falta de fundabilidad o por carecer de
- En ese entendido, y de la revisión de obrados, se tiene que el actor principal
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error no se impone multa a los Tribunales inferiores
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
