Corresponde describir que el Auto de Vista resulta ser una “resolución judicial anulatoria”, al efecto
2.- En el fondo.-
Corresponde describir que el Auto de Vista resulta ser una “resolución judicial anulatoria”, al efecto se debe señalar que el recurso de casación en el fondo se encuentra establecido para impugnar decisión sobre el fondo de las controversias y no para analizar cuestiones de forma, pues el objeto del recurso de casación en el fondo está orientado a deliberar la decisión de mérito en la controversia o la aplicación e interpretación de la norma, para que conforme a dicho criterio, se pueda modificar la decisión de segundo grado en la que se haya debatido cuestiones sustanciales, lo que no ocurre en el caso de autos, pues el Ad quem emitió su decisorio por anular obrados, siendo así la única forma de impugnar una resolución anulatoria en base al recurso de casación en la forma en la que se debe analizar si la nulidad fue o no la correcta y si se aplicó los principios procesales que rigen las nulidades procesales, por lo que ante tal circunstancia el recurso de casación en el fondo sobre una resolución anulatoria deviene en improcedente
Corresponde describir que el Auto de Vista resulta ser una “resolución judicial anulatoria”, al efecto se debe señalar que el recurso de casación en el fondo se encuentra establecido para impugnar decisión sobre el fondo de las controversias y no para analizar cuestiones de forma, pues el objeto del recurso de casación en el fondo está orientado a deliberar la decisión de mérito en la controversia o la aplicación e interpretación de la norma, para que conforme a dicho criterio, se pueda modificar la decisión de segundo grado en la que se haya debatido cuestiones sustanciales, lo que no ocurre en el caso de autos, pues el Ad quem emitió su decisorio por anular obrados, siendo así la única forma de impugnar una resolución anulatoria en base al recurso de casación en la forma en la que se debe analizar si la nulidad fue o no la correcta y si se aplicó los principios procesales que rigen las nulidades procesales, por lo que ante tal circunstancia el recurso de casación en el fondo sobre una resolución anulatoria deviene en improcedente
- Partes: Bernardo Corro Barrientos. c/ Norma Corro Barrientos
- Proceso: Rendición de cuentas
- Distrito: Cochabamba
- C0NSIDERANDO I:
- Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por el demandante y resuelta mediante
- CONSIDERANDO II:
- Acusa que el Auto de Vista refiere que el recurso de apelación fue presentado extemporáneamente,
- Asimismo señala como argumento que la demandada Norma Corro Barrientos, sin presentar pase profesional, indujo
- CONSIDERANDO III:
- Ahora como se encuentra establecido en el art
- Consiguientemente el Ad quem al anular el Auto de concesión del recurso de apelación por
- Corresponde describir que el Auto de Vista resulta ser una “resolución judicial anulatoria”, al efecto
- Por lo expuesto, corresponde emitir resolución en base al art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
