Auto Supremo AS/0700/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0700/2015

Fecha: 25-Ago-2015

En el caso presente, la Sentencia de fs

En el caso presente, la Sentencia de fs. 892 a 894 vta., de obrados, el considerando I refiere a la prueba aportada al proceso, el considerando II alude a la conclusión de los hechos jurídicos expuestos en la demanda, en cuyo inciso d) manifiesta: “Que, sin embargo, y del análisis conceptual de las peticiones formales del Contradictorio se evidencia que, al solicitar el pago de los Honorarios de los Servicios Prestados por el actor MARCO ANTONIO PEÑALOZA BRETEL importa demandar su CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL empero, contradictoria y simultáneamente plantea su acción solicitando LA RESOLUCION JUDICIAL, ya que los Institutos del CUMPLIMIENTO y la RESOLUCION están constituidos de naturaleza diferente, antitéticos y excluyentes entre sí, no existiendo la posibilidad de ejercitarse en forma simultánea en el tiempo y la acción”, dejando de lado efectuar la fundamentación jurídica, es decir el análisis jurídico en base al cual decide qué norma aplica y porque lo hace, o sea realizar el proceso de subsunción, lo que no ha ocurrido, esto implica que la Sentencia no ha sido motivada en cuanto al elemento de la fundamentación jurídica, que fue advertida por el Tribunal Ad Quem