Auto Supremo AS/0731/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0731/2015

Fecha: 27-Ago-2015

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN

Resolución que fue impugnada por Faustino Fernández Condori y Francisca y Vargas Soliz quien interpuso recurso de casación con los fundamentos interpuestos en su recurso de fs. 250 a 251 y vta., mismo que se analiza.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Refiere que el Auto de Vista cometió un error ya que el plazo para apelar es de diez días, por lo que el mismos fenecía en fecha 14 de junio de 2007 y no el 11 de junio 2007 a los siete días como refiere el Auto de Vista, asimismo expresa que otra errada interpretación realizada por el Tribunal de segunda instancia consiste en que se computaría los plazas tomando en cuenta la hora de presentación, ya que, la norma no indicaría que la presentación del recurso debe ser a la misma hora que fueron notificados, ya que, el art. 142 del C.P.C., es claro al señalar que los plazos quedaran vencidos el último momento hábil del día respectivo, habiendo vulnerado el art. 220 del C.P.C., y el derecho al debido proceso a la segunda instancia