CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de cotizaciones, interpuesto por Isabel Salcedo vda
VISTOS: El recurso de casación de fs. 244 a 245, interpuesto por Isabel Salcedo vda. de Luna, impugnando el Auto de Vista Nº 225/2014-S.S.A-I de 28 de noviembre de 2014, cursante de 239 a 240, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de la Paz, dentro del procedimiento de solicitud de renta de viudedad, instaurado por la recurrente, contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), la respuesta de fs. 251 a 252, el auto de fs. 250 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de cotizaciones, interpuesto por Isabel Salcedo vda. de Luna, como causabiente de Félix Luna Canaviri, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0001045 de 2 de abril de 2014 (fs. 158 a 160), resolvió desestimar la Renta de Viudedad solicitada por Isabel Salcedo vda. de Luna, en virtud a las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de dicha resolución
CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de cotizaciones, interpuesto por Isabel Salcedo vda. de Luna, como causabiente de Félix Luna Canaviri, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0001045 de 2 de abril de 2014 (fs. 158 a 160), resolvió desestimar la Renta de Viudedad solicitada por Isabel Salcedo vda. de Luna, en virtud a las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de dicha resolución
- Auto Supremo Nº 285/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.93/2015
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de cotizaciones, interpuesto por Isabel Salcedo vda
- Notificada con la resolución señalada, la solicitante interpuso recurso de reclamación de fs
- Contra el fallo de la Comisión de Reclamación, la actora interpuso recurso de apelación de
- Ante esta determinación, el recurrente, interpuso recurso de casación de fs
- Finalmente, luego de hacer referencia a la irrenunciabilidad de los derechos sociales consagrada por la
- A su vez, la institución demandada a través de su representante legal, respondió al recurso
- La recurrente, alega que el tribunal de alzada no consideró que si bien consta en
- Al respecto, revisados los antecedentes que cursan en el expediente, se evidencia que la Comisión
- En ese contexto, el art
- Como se podrá advertir, este artículo menciona que no corresponde el pago de la renta
- Ahora bien, la recurrente, alega que el acta de conciliación firmada entre su persona y
- Al respecto, en el caso objeto de análisis, se advierte que no se cumplió con
- Elementos de juicio que nos permiten vislumbrar, que los funcionarios del SENASIR, a momento de
- Bajo estas premisas se concluye que el auto de vista recurrido, no transgrede ni vulnera
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
