De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación particular (fs. 4 y vta., subsanada de fs. 8 a 9), una vez concluida la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 24/2009 de 17 de octubre (fs. 101 a 106), la Jueza Quinto de Sentencia en lo Penal de La Paz, que declaró a Litze Armijo de Pozo, absuelta de pena y culpa de la comisión de los delitos de Difamación, Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282, 283 y 287 del CP, sin lugar al inicio de la acción recriminatoria.
b) Contra la referida Sentencia, Gloria Edith Rúa Salazar interpuso recurso de apelación restringida (fs. 115 a 117 vta. subsanado de fs. 136 a 144), resuelto por el Auto de Vista 104/2010 de 6 de mayo (fs. 146 a 149), emitido por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró improcedente los fundamentos del recurso de apelación restringida; y, confirmó la Sentencia
- Por memorial presentado el 23 junio de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente Gloria Edith Rúa Salazar con el mencionado Auto de Vista el
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Con relación al Auto de Vista, manifiesta que el Tribunal de alzada respondiendo su
- 3) Por otra parte, refiere que la Sentencia es contradictoria en su parte considerativa y
- 4) Que, se vulneró el principio de continuidad por señalar fechas distantes entre una actuación
- 5) Que, el a quo omitió considerar el art
- Concluyendo su recurso de casación argumenta que la Sentencia infringe el art
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se evidencia que la recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Con relación al segundo motivo referido a que el Auto de Vista concluyó que no
- El cuarto motivo donde la recurrente denuncia la vulneración del principio de continuidad por la
- La denuncia de vulneración del principio de congruencia, porque en Sentencia no se estableció la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
