1) Previa descripción de antecedentes, en los que detalla, entre otras resoluciones que, el Auto
c) El 16 de marzo de 2011 (fs. 586), la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista descrito y el 22 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación, objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) Previa descripción de antecedentes, en los que detalla, entre otras resoluciones que, el Auto Supremo 171 de 6 de febrero de 2007, dejó sin efecto el Auto de Vista 252/06 de 10 de abril de 2006, disponiendo que la Sala Penal Primera, cumpla la doctrina legal aplicable, referida a la naturaleza jurídica del recurso de apelación restringida, en el que se establece la prohibición de “…revalorizar la prueba, tampoco revisar cuestiones de hecho analizadas por el juez natural…” y a que el Tribunal y jueces de sentencia deben “…tomar en cuenta las circunstancias que deben apreciar la personalidad del autor y la gravedad del hecho, tomando en cuenta las incidencia de los dos incisos del art. 38 de la Ley 1970…(y del) Art. 45 del Código Penal”, denuncia que el Auto de Vista 563/2010, vulnera derechos y garantías constitucionales, así como los principios de seguridad jurídica, eficacia y autoridad de cosa juzgada, debido a que dejó sin efecto el Auto Supremo 171 de 6 de febrero de 2007 emitido dentro del mismo proceso penal y que constituía la última Resolución, consecuencia directa del recurso de casación formulado, por lo que habiendo adquirido carácter determinante, inmutable, definitivo y ejecutable; es decir, obligatorio e irrevocable, dando lugar a la emisión del Auto de Vista 851/07 de 22 de octubre, que representa una actuación judicial en ejecución del Auto Supremo citado, el Tribunal de alzada, al emitir el Auto de Vista recurrido, desconoció su obligación de ejecutar el Auto Supremo 171, instaurando un procedimiento apócrifo al permitir la revisión de esta Resolución, provocando una actuación arbitraria y lesiva al cumplimiento de los deberes esenciales del Juez
- Por memorial presentado el 22 de marzo de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Hugo Basilio Huanca Choque (fs
- 1) Previa descripción de antecedentes, en los que detalla, entre otras resoluciones que, el Auto
- Al efecto, cita los siguientes Autos Supremos 236 de 7 de marzo de 2007, 177
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 16 de marzo de 2011, la
- Con relación al primer motivo de casación, referido a que el Tribunal de alzada emitió
- No obstante lo señalado, el recurrente sí cumple con explicar de forma clara y suficiente
- Con relación al segundo motivo, referente a que la Sala Penal Primera de la entonces
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
