Auto Supremo AS/0587/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0587/2015-RA

Fecha: 10-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación particular (fs. 11 a 13), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Juez Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Sentencia 32/2013 de 4 de noviembre (fs. 103 a 109), declaró al imputado Lucas Arturo Torrez Calzada, autor de la comisión del delito de Despojo y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 351 y 357 del CP, de conformidad al art. 365 del Código de Procedimiento Penal (CPP); y, Auto Supremo 175 de 15 de mayo de 2006, condenándole a la pena privativa de libertad de tres años y tres meses, a cumplir en el Penal de San Pedro de la cuidad de La Paz, con costas y daños a calificar en ejecución de sentencia; por otra parte, se lo declaró absuelto de los delitos de Apropiación Indebida y Perturbación de Posesión, tipificados en los arts. 345 y 353 del CP; y, aplicación del art. 363 inc. 2) del Código Procesal citado, sin costas por ser excusable.

b) Contra la mencionada Sentencia, el acusado formuló recurso de apelación restringida (fs. 136 a 140 vta.), resuelto por el Auto de Vista 27/2014 de 29 de abril (fs. 158 a 162), que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 718/2014-RRC de 10 de diciembre (fs. 189 a 193); a cuyo efecto, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Resolución 15/2015 de 12 de marzo; por el que, dejó sin efecto el sorteo de Vocal Relator, para dar aplicación al art. 399 del CPP; por ende, se dio lugar a la presentación de memorial de subsanación (fs. 208 a 214 vta.); y al Auto de Vista 36/2015 de 5 de junio (fs. 220 a 223); por el que, la misma Sala confirmó la Sentencia apelada