Auto Supremo AS/0587/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0587/2015-RA

Fecha: 10-Sep-2015

Regístrese, hágase saber y devuélvase


Por último, en similar situación que en el motivo antes analizado, la simple denuncia de vulneración de derechos constitucionales a la seguridad jurídica, debido proceso y a la defensa, sin que el recurrente explique mínimamente si la insuficiente fundamentación constituye defecto no susceptible de convalidación, expresando cuál la trascendencia de su resolución para la definición de la causa, impiden la admisibilidad del motivo analizado, por incumplimiento del art. 417 del CPP y de los presupuestos establecidos en el apartado IV citado, correspondiendo declarar su inadmisibilidad.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Lucas Arturo Torrez Calzada, de fs. 233 a 242 vta.

Regístrese, hágase saber y devuélvase