Auto Supremo AS/0595/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0595/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

Continúan manifestando que, el Auto de Vista cuestionado incurrió en vulneración del art


Continúan manifestando que, el Auto de Vista cuestionado incurrió en vulneración del art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), debido a que no revisó el “procedimiento del juicio” y que de acuerdo a procedimiento intentó la excepción de falta de acción en mérito a que en etapa preparatoria no se les notificó con la querella para poder hacer uso de su derecho a la defensa, planteando objeción y otros medios de defensa; que interpusieron denuncia de actividad procesal defectuosa, porque dos de los co-imputados solo tuvieron 24 días para defenderse en la etapa de la investigación, en vulneración a su derecho a la defensa; que únicamente se tomó como base de la Sentencia condenatoria las atestaciones de las propias víctimas como principales testigos de un hecho que no sucedió en las dimensiones que fueron relatadas por los denunciantes; que el Juez Presidente en la audiencia de 25 de agosto de 2011, permitió la actuación de Juana Cruz Apaza como querellante, no obstante su abandono evidente del juicio oral; y, que la Sentencia contiene una errónea descripción en cuanto al año de su emisión (2011), cuando la fecha correcta de la misma es de 21 de diciembre de 2010, lo que consideran confunde la parte considerativa con la dispositiva; además de contener una simple narración de hechos, que consideran vulnera el derecho a la imparcialidad y a la probidad del Juzgador