En cuanto al segundo motivo, que denuncia incumplimiento de requisitos formales en los recursos de
En cuanto al segundo motivo, que denuncia incumplimiento de requisitos formales en los recursos de apelación restringida, por falta de invocación de precedente contradictorio que demuestre que la Sentencia se contrapone a la doctrina legal aplicable, susceptible de repercutir en la improcedencia o inadmisibilidad del recurso por falta de requisitos formales que no fueron considerados por el Tribunal de alzada que sin fundamento alguno dispone la nulidad, sin que exista defectos absolutos o atentados al debido proceso y seguridad jurídica, actitud que quebranta la correcta administración de justicia e induce a retardación de justicia al haberse dispuesto el reenvió del juicio. Exposición en la que el recurrente, no obstante haber invocado los precedentes contradictorios mencionados, omitió realizar la explicación clara y precisa de la situación de contradicción que pudiere existir entre la Resolución impugnada y los precedentes invocados, tarea ineludible que no puede ser suplida de oficio por este Tribunal, que impide ingresar al análisis de fondo para la realización de labor de contraste, falencia que conlleva a la consecuencia de determinar la inadmisibilidad del presente motivo
- Por memorial presentado el 16 de julio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Edgar René Solíz Román, Alcalde del
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Acusa, incumplimiento de formalidades en los recursos de apelación restringida, por omisión de
- Añade que el Auto de Vista quebranta la correcta administración de justicia e induce a
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 10 de julio de 2015, el
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer
- En cuanto al segundo motivo, que denuncia incumplimiento de requisitos formales en los recursos de
- Por otro lado, con relación a la adhesión presentada por Pacífico Otálora Encinas de fs
- De los preceptos anotados, se desprende que esta vía impugnaticio de casación, no contempla la
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
