Por otro lado, con relación a la adhesión presentada por Pacífico Otálora Encinas de fs
Por otro lado, con relación a la adhesión presentada por Pacífico Otálora Encinas de fs. 291 a 292 vta., la misma no puede ser considerada en razón a que esta figura legal, está concebida como la facultad reconocida a la parte emplazada a ejercer su derecho de unirse a la apelación interpuesta por el adversario o la otra parte en el término del emplazamiento, implica el llamado del órgano jurisdiccional, para que la parte emplazada efectúe un determinado acto procesal si así lo creyere conveniente; al respecto, el art. 394 del CPP, dispone que: "Las resoluciones judiciales serán recurribles en los casos expresamente establecidos por éste Código. El derecho de recurrir corresponderá a quien le sea expresamente permitido por ley, incluida la víctima aunque no se hubiere constituido en querellante". Por su parte el art. 395 del mismo compilado adjetivo penal, al referir a la adhesión establece: "Quien tenga derecho a recurrir podrá adherirse fundamentadamente al recurso concedido a cualquiera de las partes, dentro del período de emplazamiento". El art. 409 de la misma normativa legal estatuye: "Interpuesto el recurso, se pondrá en conocimiento de las otras partes, para que dentro del término de diez días lo contesten fundadamente"
- Por memorial presentado el 16 de julio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Edgar René Solíz Román, Alcalde del
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Acusa, incumplimiento de formalidades en los recursos de apelación restringida, por omisión de
- Añade que el Auto de Vista quebranta la correcta administración de justicia e induce a
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 10 de julio de 2015, el
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, el recurrente en el primer
- En cuanto al segundo motivo, que denuncia incumplimiento de requisitos formales en los recursos de
- Por otro lado, con relación a la adhesión presentada por Pacífico Otálora Encinas de fs
- De los preceptos anotados, se desprende que esta vía impugnaticio de casación, no contempla la
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
