2) Refiere que denunció en apelación restringida, la falta de subsunción del tipo penal de
2) Refiere que denunció en apelación restringida, la falta de subsunción del tipo penal de Estafa a los hechos expresados en la acusación fiscal y particular, siendo que el Tribunal de Sentencia y de apelación, intentan sustentar su decisión de condena, afirmando que se encuentra demostrado el sonsacamiento de dinero y especies, bajo promesa de devolución del doble o con ganancias elevadas, razonamiento que contradice al Auto Supremo 43 de 27 de enero de 2007, cuya doctrina legal aplicable, estableció la obligación de comprobar el ardid engaño y el desprendimiento patrimonial que sufrió la víctima; en el caso, tanto el acta de juicio y la Sentencia, no observan donde radica el supuesto engaño o ardid, cuando simplemente se realizó una compra venta a consignación o por medio de un préstamo que no puede ser penalizado porque no constituye delito, no hay engaño ni intención de causar error, solo incumplimiento de obligación que no estaba vencida
- Por memorial presentado el 17 de noviembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Refiere que denunció en apelación restringida, la falta de subsunción del tipo penal de
- 3) Aduce, que el Tribunal de apelación, no se pronunció sobre la defectuosa valoración de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 11 de septiembre de 2011, el
- En cuanto a la observación y cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el
- Asimismo, se ha hecho alusión a una supuesta violación de derechos constitucionales al debido proceso,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
