Auto Supremo AS/0608/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN

De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos:

Recurso de casación Edwin Enríquez mercado en representación del SENASIR

1) Refiere que el Tribunal de alzada incurre en el defecto previsto por el art. 370 inc.6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), debido a que, en su Cuarto considerando punto 3, señaló que no se tomaron convicción de aspectos de hecho pero que no podían ingresar a revalorizar prueba; sin considerar que su recurso de apelación restringida estaba dirigido a la imposición de la pena, que no estaba acorde a la conducta de la imputada que en dos ocasiones suplantando a sus fallecidas madre y abuela cobró sus rentas de vejez en las gestiones 2003 a 2007 y 2008 a 2009, ascendiendo el daño económico al Estado a más de Bs. 90.000.-; no pudiendo considerarse bajo ningún concepto como estado de necesidad como concluyeron la mayoría de los miembros del Tribunal de Sentencia excepto el presidente del mismo, siendo su actuar doloso, de manera premeditada, engañando e induciendo en error a SENASIR; no existiendo justificativo en la Sentencia para imponerle una pena tan benigna