Bajo estos parámetros se concluye no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de
Bajo estos parámetros se concluye no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación en el fondo de fs. 324 a 334, por el contrario el Auto de Vista recurrido se ajusta a las leyes en vigencia, por lo que corresponde resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
- Demandada: Alejandro Vargas Álvarez
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En grado de apelación deducido por Alejandro Vargas Álvarez (fs
- El referido Auto de Vista, dio lugar al recurso de casación en el fondo interpuesto
- Indica que, a través de la confesión judicial espontánea efectuada por el demandante se demuestra
- Señala que de acuerdo al cuadernillo cursante de fs
- Manifiesta que la prueba cursante a fs
- Denuncia que, la prueba documental referida, así como la confesión judicial de oficio del demandante,
- Indica que, en virtud a la carga de la prueba ha demostrado que no ha
- Finaliza el recurso, solicitando al Tribunal de casación case el Auto de Vista recurrido, y
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo de fs
- Al respecto, para resolver la problemática planteada, corresponde partir de los siguientes criterios
- Dentro del marco legal señalado, en el caso de autos, el Tribunal de apelación
- Finalmente, en cuanto a la denuncia de valoración inadecuada de las pruebas testificales, confesionales y
- Bajo estos parámetros se concluye no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario del profesional abogado de la parte demandante en la suma de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
