Indica que, a través de la confesión judicial espontánea efectuada por el demandante se demuestra
Indica que, a través de la confesión judicial espontánea efectuada por el demandante se demuestra el fraude procesal al afirmar que desde 1999 se le cancelaba la suma de Bs.2.500.- equivalentes a $us.350.-, cuando el cambio oficial en esa época era de Bs.5.8
- Demandada: Alejandro Vargas Álvarez
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En grado de apelación deducido por Alejandro Vargas Álvarez (fs
- El referido Auto de Vista, dio lugar al recurso de casación en el fondo interpuesto
- Indica que, a través de la confesión judicial espontánea efectuada por el demandante se demuestra
- Señala que de acuerdo al cuadernillo cursante de fs
- Manifiesta que la prueba cursante a fs
- Denuncia que, la prueba documental referida, así como la confesión judicial de oficio del demandante,
- Indica que, en virtud a la carga de la prueba ha demostrado que no ha
- Finaliza el recurso, solicitando al Tribunal de casación case el Auto de Vista recurrido, y
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo de fs
- Al respecto, para resolver la problemática planteada, corresponde partir de los siguientes criterios
- Dentro del marco legal señalado, en el caso de autos, el Tribunal de apelación
- Finalmente, en cuanto a la denuncia de valoración inadecuada de las pruebas testificales, confesionales y
- Bajo estos parámetros se concluye no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario del profesional abogado de la parte demandante en la suma de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
